En nuestro país existen 7,5 millones de personas mayores de 65 años y ,de esas personas, hasta un 92% tienen una vivienda en propiedad, según datos del INE (Instituto Nacional de Estadística). A estos propietarios va dirigido especialmente un nuevo producto financiero: la hipoteca inversa o pensión hipotecaria.
Este servicio permite a una persona mayor percibir una cantidad mensual complementaria a su pensión en un plazo concreto (generalmente entre 10 y 20 años), a un interés fijo negociable entre el 5% y 6%, con su vivienda como garantía y con el consentimiento de los herederos como recomendación. De esta forma, se cobra una renta cuyo importe dependerá de la tasación del piso, de la edad del solicitante y de sus preferencias en la forma de recibir el dinero. Al fallecimiento del titular de la hipoteca inversa, sus herederos tienen dos opciones para hacer frente a la devolución de las cantidades que la persona mayor ha ido recibiendo: quedarse con la vivienda y devolver ese dinero al banco con sus propios ahorros o venderla y abonarlo con parte del dinero de la venta.
Esta alternativa a los planes de pensiones no es nueva en España. Bajo el nombre de seguro vivienda pensión, una persona ya jubilada con un piso en propiedad podía conseguir hasta hace poco una renta vitalicia, pero, a cambio, la vivienda pasaba a ser propiedad del banco, nunca de los herederos, cuando el titular fallecía.